Funciones

La Asamblea General Ordinaria

  • Examinar y aprobar la Memoria Anual de la Comisión Directiva, que comprenderá una exposición de todas las gestiones llevadas a cabo y de sus resultados y de las actividades realizadas por la Asociación.
  • Aprobar el presupuesto anual de gastos e ingresos del siguiente año y las cuotas ordinaria y extraordinaria que proponga la Comisión Directiva, así como el estado de cuentas del año anterior.
  • Adoptar aquellas resoluciones que por su importancia le someterá la Comisión directiva.
  • Elegir la Comisión Directiva. Cuando se trate de vacantes producidas antes de finalizar el período de mandato de la Junta, los elegidos lo serán tan solo hasta completar el plazo que falte para el próximo nombramiento.
  • La modificación de los Estatutos.
  • Aprobar los reglamentos de régimen interno para el mejor desarrollo de lo previsto en los presentes Estatutos, sin que puedan contravenir lo dispuesto en los mismos.

El Consejo Directivo

  • Convocar y fijar la fecha de celebración de la Asamblea General.
  • Organizar y desarrollar las actividades aprobadas por la Asamblea General.
  • Redactar los presupuestos, memorias y balances.
  • Proponer el régimen económico de la Asociación, así como su organización administrativa y jurídica.
  • Designar las comisiones de trabajo que se consideren oportunas para el mejor desarrollo de las actividades de la Asociación y coordinar la labor de las mismas, las cuales, siempre que sea posible, serán presididas por un miembro de la Comisión Directiva.
  • Admitir y dar de baja a los miembros de la Asociación en la forma prevista en los presentes Estatutos, y proponer a la Asamblea General su exclusión cuando proceda.
  • Proponer a la Asamblea las cuotas ordinarias y las extraordinarias que procedan.
  • Interpretar los estatutos y los reglamentos de régimen interior de la Asociación y velar por su cumplimiento.
  • Ejercer cuantas funciones no estén asignadas a la Asamblea General.
  • Contratar las personas físicas o jurídicas que se crean pertinentes para la mejor realización de los fines de la Asociación, incluyendo su coste en los presupuestos.

Presidente

Corresponderán al Presidente del CEPY las siguientes funciones:

  • Ostentar la representación del CEPY.
  • Convocar las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Comisión Directiva y fijar el orden del día.
  • Presidir, suspender y levantar sus sesiones.
  • Moderar el desarrollo de los debates y dirimir con su voto de calidad los empates.
  • Desarrollar la gestión económica conforme al presupuesto aprobado.
  • Visar las actas y certificaciones de los acuerdos del CEPY.
  • Ejercer las acciones legales necesarias en defensas de los intereses del CEPY, dando cuenta a la Comisión Directiva en la primera sesión que celebre.
  • Resolver las reclamaciones previas a la vía civil.
  • Adoptar, en casos de urgencia, las medidas necesarias en aquellos asuntos que sean competencia de la Comisión Directiva, dando cuenta a ésta en la primera sesión que celebre.
  • Contratar al personal al servicio del CEPY y firmar los contratos de trabajo.
  • Elaborar la liquidación del presupuesto y elevarla al Presidente de la Asamblea para su aprobación.
  • Reconocer las obligaciones derivadas de gastos previamente aprobados y ordenar los pagos.
  • Contratar obras, servicios y suministros de duración no superior a un año y que no excedan del 10 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto.
  • Elaborar la memoria, los anteproyectos de presupuestos y sus modificaciones y el inventario de bienes para su elevación a la Comisión rectora.
  • Negociar alianzas estratégicas con otras asociaciones o instituciones, proponiendo su aprobación a la Comisión Directiva.
  • Elaborar y proponer a la Comisión Directiva la plantilla orgánica del CEPY y la relación de puestos de trabajo.
  • Las funciones que la Comisión Directiva le delegue.
  • Suscribir convenios con entidades públicas o privadas.
  • Cuantas otras no estén expresamente atribuidas a la Comisión Directiva del CEPY.

Vicepresidente

  • Asumir las funciones del Presidente en caso de ausencia, enfermedad, cese, o por delegación expresa del Presidente.
  • Colaborar con cuantas actividades desarrolle el Presidente.
  • Actuar por delegación del Presidente en la forma que la Comisión Directiva acuerde o aquél indique.

Tesorero

  • Recaudar y custodiar los fondos del CEPY.
  • Custodiar los libros de contabilidad.
  • Efectuar los cobros y pagos que el Presidente ordene y anotarlos en el libro correspondiente.
  • Tener las cuentas a disposición de un censor elegido anualmente por la Comisión Directiva a efectos de intervención de las mismas.
  • Llevar la Contabilidad de la Asociación.
  • Elaborar los proyectos de presupuestos y balances anuales.

Secretario

  • Custodiar los libros, excepto el de contabilidad, los documentos y los sellos del CEPY.
  • Llevar al día el Registro de socios anotando las altas y las bajas que se produzcan.
  • Redactar las actas de las Asambleas Generales y de la Comisión Directiva, de las que dará fe con el visto bueno del Presidente.
  • Expedir certificaciones con referencia a los libros y documentos de la Asociación, con el visto bueno del Presidente.
  • Preparar, redactar y publicar, en su caso, la Memoria Anual.
  • Llevar la correspondencia que precise mantener el CEPY.
  • Gestionar la inscripción y notificación de los acuerdos válidamente adoptados ante los correspondientes Registros y Autoridades.
  • Cualesquiera otras funciones no especificadas que le encomienden la Asamblea General, la Comisión Directiva o el Presidente.

Coordinación Académica

  • Ejercer la coordinación de las distintas comisiones de trabajo.
  • Transmitir las inquietudes de las comisiones a la Comisión Directiva.
  • Organizar y dirigir todas las actividades que realice el CEPY.
  • Coordinar, gestionar y plantear ante la Comisión Directiva convenios o alianzas estratégicas con instituciones u organismos nacionales o internacionales.